


 
  La Junta Directiva Colegiada de ANCINE aprobó la Instrucción Normativa nº 163, que regula los canales de distribución obligatorios mencionados en el art. 32 de la Ley N° 12.485, de 2011 - Ley SeAC.
Los programadores tendrán  12 meses para adaptarse a las nuevas reglas.
La normativa vigente  hasta el momento tenía por objeto únicamente la acreditación de entidades  nacionales para la programación de canales universitarios y comunitarios en DHT  - TV de paga por satélite.
    
El reglamento aprobado  incluye todos los canales de distribución obligatorios en el reglamento e  incluyó la publicación previa de Novedades Regulatorias en la materia, Análisis  de Impacto Regulatorio - AIR, y borrador de reglamento, todos los cuales fueron  sometidos a un proceso de Consulta Pública.
    
El documento se basa principalmente en las recomendaciones de AIR, en la Resolución de ANATEL N° 581, de 2012, que regula los canales universitarios, y en la regla provisional de acreditación de ANCINE para canales universitarios y comunitarios en TV paga por satélite.
Entre las novedades que trae la normativa se encuentran: la necesidad de acreditación previa de los canales de distribución obligatorios, con excepción de los canales de TV abierta; y la necesidad de establecer un convenio o acuerdo, o de crear entidades representativas en situaciones en las que más de un programador esté interesado en un mismo canal de programación.
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19.07.22 18:05