Publican comentarios sobre Internet servicio público esencial y universal
Colombia


Gobierno de Colombia publica para comentarios proyecto de resolución que reglamenta el Artículo 5 de la Ley 2108 “Internet como Servicio Público Esencial y Universal”.

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), continuando con su labor de reglamentar las diferentes disposiciones de la Ley 2108 de 2021 Internet como Servicio Público Esencial y Universal, publica para comentarios del sector y participación ciudadana el proyecto de resolución por la cual se define el listado de treinta (30) direcciones de Internet (URL) de navegación gratuita por parte de usuarios de telefonía móvil en la modalidad pospago, durante la vigencia de estados de excepción y emergencias sanitarias.

El proyecto de resolución tiene como propósito definir el listado de las direcciones de Internet a las que los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones deberán permitir la navegación gratuita (zero rating) para aquellos planes de telefonía móvil (voz y datos) en la modalidad pospago cuyo valor no exceda una coma cinco (1,5) Unidades de Valor Tributario (UVT) si el usuario incurre en impago del servicio, durante la vigencia de los estados de excepción y las emergencias sanitarias que sean declaradas por el Ministerio de Salud y Protección Social.

El listado de las treinta (30) URL contiene direcciones para acceder a servicios de salud, atención de emergencia, del gobierno y de educación.

Los invitamos a consultar el proyecto de resolución y a enviar sus comentarios hasta el próximo 6 de julio de 2022 al correo electrónico proyectos.normativos.dicom@mintic.gov.co  

© iPuntoTV 2022

21.06.22 17:19


Además lo invitamos a leer, visualizar y compartir estos títulos: