Argentina
August 22, 2018 20:37
Enacom propone modificar Plan nacional de TDT

A continuación presentamos la resolución 4954/2018 donde se propone modificar el plan nacional de TDA

ARTICULO 1°.- Iníciase el procedimiento de elaboración participativa de la norma “Modificación al Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales aprobado por Decreto N° 2.456/14”, de conformidad con las previsiones del Artículo 93 de la Ley Nº 26.522.

ARTICULO 2°.- Delégase en la Presidenta del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES la elaboración del proyecto de norma “Modificación al Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales aprobado por Decreto N° 2.456/14,” con sujeción a los lineamientos referidos en los considerandos de la presente, el que deberá encontrarse concluido y agregado al EX-2018-37040414-APN-SDYME#ENACOM del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, con fecha 17 de septiembre de 2018.

ARTICULO 3°.- Apruébase el Formulario para la Presentación de Opiniones y Propuestas en el Procedimiento de Elaboración Participativa de “Modificación al Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales aprobado por Decreto N° 2.456/14”, que como Anexo IF-2018-38999593-APN-DNSA#ENACOM del GENERADOR ELECTRONICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, que forma parte integrante, en un todo, de la presente Resolución.

ARTICULO 4°.- En el plazo indicado en el Artículo 11 de la presente los interesados podrán presentar sus opiniones y propuestas, a través del formulario referido en el Artículo 3°, a través de la plataforma de TRAMITES A DISTANCIA (TAD).

ARTICULO 5°.- El proyecto de norma a que alude la presente medida se encontrará disponible para su consulta en la página web del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, a partir del 18 de septiembre de 2018. Las opiniones podrán ser comunicadas a través de correo electrónico dirigido a ayl-DNSA@enacom.gob.ar, con los alcances previstos en el Artículo 17, del Anexo V, del Decreto Nº 1.172/03.

ARTICULO 6°.- Convócase a audiencia pública para recabar opiniones relativas al proyecto de decreto a través del cual se modifique el PLAN NACIONAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL DIGITALES, aprobado por Decreto N° 2.456/14 de conformidad con las previsiones del Artículo 93 de la Ley Nº 26.522.

ARTICULO 7°.- Fíjase la fecha 6 de noviembre de 2018, a las 12.00 hs., para la realización de la audiencia pública que refiere el Artículo que antecede, que tendrá lugar en el domicilio que al efecto se fije y publique en la página web oficial del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

ARTICULO 8°.- La DIRECCION NACIONAL DE SERVICIOS AUDIOVISUALES será el área de implementación y presidirá la audiencia pública, cuyo procedimiento se regirá por las disposiciones del Anexo I del Decreto Nº 1.172/03.

ARTICULO 9°.- Habilítase, a partir del 18 de septiembre de 2018, el Registro para la inscripción previa de los participantes a la audiencia pública, en los términos y con los alcances previstos en el Artículo 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.172/03, en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE SERVICIOS AUDIOVISUALES. El Registro se formalizará a través de la presentación del formulario, que como Anexo IF-2018-39000164-APN-DNSA#ENACOM integra la presente, el que deberá ser presentado a través de la plataforma TRAMITES A DISTANCIA (TAD).

ARTICULO 10.- Apruébase el Formulario de Inscripción para Audiencias Públicas del Poder Ejecutivo Nacional relativa a la “Modificación del Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales”, que como Anexo IF-2018-39000164-APN-DNSA#ENACOM del GENERADOR ELECTRONICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, que forma parte integrante, en un todo, de la presente Resolución.

ARTICULO 11.- Los interesados podrán tomar vista, consultar el proyecto de norma y sus antecedentes, a través de la compulsa del EX-2018-37040414-APN-SDYME#ENACOM del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, en la sede del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, sito en la calle Perú 103, durante un período de TREINTA (30) días corridos, computados desde el 18 de septiembre, a los fines previstos por los Artículos 16 del Anexo I y 14 del Anexo V del Decreto Nº 1.172/03. Vencido dicho plazo, y por el término de QUINCE (15) días corridos los interesados podrán presentar sus opiniones y propuestas.

ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido archívese. Silvana Myriam Giudici



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