México
August 17, 2017 18:33
SCJN falló en contra del artículo 131 de la Ley de Telecos

En un fallo unánime la Suprema Corte de Justicia de México declaró la inconstitucional del artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, que establece la aplicación de la tarifa cero de interconexión, dando lugar a un reclamo presentado por América Móvil.

En la sentencia no se observa pronunciamiento alguno si es correcto o no la aplicación de la imposición, sino que se dirige a la competencia de las instituciones competentes para determinar tal normativa.

El reglamento forma parte de la Ley Federal de Telecomunicaciones que fue sancionada por el Congreso de la Nación y que determinó la tarifa cero de interconexión.

América Móvil sostuvo en su demanda que el Congreso de la Nación no tiene competencia para pronunciarse sobre ese particular.

Para ello invocó que desde la vigencia de la reforma de 2013, es el Instituto Federal de Telecomunicaciones el que declarar la existencia de una empresa preponderante e imponer normas correspondientes de regulación asimétrica.

En el artículo cuestionado de la ley, se determina que los agentes preponderantes no podrán cobrar tarifa alguna por el uso de su red a otros concesionarios, cuando sus competidores si lo pueden hacer.

La Suprema Corte de Justicia se pronunció en su sentencia sobre la competencia de las institucionales que originaron la normativa y determinaron que es Ifetel el que debe definir si se aplica una norma de esta naturaleza.




 

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