Uruguay
Nuevo fallo determina inconstitucional de Ley de Medios Audiovisuales

 

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La Suprema Corte de Justicia de Uruguay emitió una nueva sentencia (es la tercera) que dictamina la inconstitucionalidad de la Ley de Medios.

El fallo declaró inaplicables los artículos 60 literal C (establece que la libertad de expresión constituye un derecho constitucional cuyo contenido básico está previsto dentro del artículo 29 de la constitución y en el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos=, 98 inciso 2 (colide con el derecho al debido proceso al determinar potestad administrativa para sancionar a un sujeto sin haberlo previamente escuchado) y 149 inciso 2 (vulnera el principio de igualdad, al establecer preferencias respecto de los prestadores públicos en relación con los privados, lo que no se ajusta a la constitución).

La demanda se originó por una presentación del operador de TV paga Tractoral S.A.
Anteriormente el Supremo tribunal emitió un fallo que determinaba la inconstitucionalidad de la ley de medios por una demanda presentada por DirecTV y posteriormente otro, a petición del Partido independiente, donde se impugnó la norma porque violentaba el principio de igualdad y las bases del sistema democrático.


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19-Jun-2016