Colombia
CRC expide nueva regulación contra el hurto de celulares

 

 

La Resolución CRC 4868 de 2016 define las condiciones para realizar una primera depuración de los celulares con identificación inválida, es decir, que pudieron haber sido alterados (con modificación del IMEI). Este número debe ser único para cada equipo en el mundo.

“Hemos identificado que uno de los problemas más grandes en Colombia asociados al hurto de celulares, es la manipulación del número IMEI de los teléfonos móviles y con esta medida, buscamos contribuir a detener esta práctica. Según diagnóstico adelantado en el mes de noviembre, habían más de 1.5 millones de equipos con IMEI inválido en el país”, explica Germán Darío Arias Pimienta, Director Ejecutivo de la Comisión de Regulación de Comunicaciones.

En este sentido, a partir del 3 de febrero y durante todo este mes, los celulares que utilicen las redes móviles en Colombia serán objeto de verificación, para identificar cuáles tienen un número IMEI inválido.

Para reconocer un IMEI como inválido, se verifica dicho número contra una base de datos internacional de asignación de estos códigos, la lista de TAC de la GSMA, y contra la lista de equipos homologados por la CRC para su uso en el país. Los que estén en alguna de las dos listas, no serán objeto de bloqueo.

Adicionalmente, los operadores deben comparar los IMEI que resulten inválidos contra la base de datos positiva que ya opera en el país, para que los usuarios que juiciosamente hicieron su registro en el pasado, no sean bloqueados.
Los celulares que resulten inválidos, entrarán en un proceso de notificación y registro que irá de marzo a julio de 2016, donde el usuario recibirá un mensaje de texto que le indica: que en un término de 15 días calendario debe acercarse a su operador, presentar la factura del celular y registrar el equipo. De lo contrario el equipo será bloqueado.

LOS USUARIOS QUE NO TENGAN FACTURA PODRÁN HACER ENTREGA DE UN FORMATO DE DECLARACIÓN DONDE INDIQUEN QUE EL CELULAR ES DE SU PROPIEDAD Y FUE COMPRADO LEGALMENTE. AL FINAL, LOS CELULARES QUE NO SEAN REGISTRADOS EN ESTE PERIODO, SERÁN BLOQUEADOS. (*EL FORMATO DEFINIDO EN EL ANEXO 1 DE LA RESOLUCIÓN CRC 4119 DE 2013 ESTÁ DISPONIBLE EN LOS CENTROS DE ATENCIÓN Y SITIOS WEB DE LOS OPERADORES).


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08-Feb-2016