Paraguay
Conatel posterga definición sobre pago de TV paga a canales de TV abierta

 

 

La Comisión Nacional de Telecomunicaciones a través de la resolución 735/2015 decidió “establecer un período de no innovar en materia de inclusión de las señales del servicio de televisión en las grillas de señales de los prestadores de los servicios de televisión pagada, hasta el 30 de julio de 2015, con el objeto de analizar las condiciones de inclusión, conforme a los argumentos expuestos en el exordio de la presente resolución y hasta tanto se determinen normativas regulatorias complementarias sobre el tema, lo cual es competencia exclusiva de este organismo regulador”.

Además el regulador ordenó a los operadores de TV paga se abstengan de tomar medidas que afectar los intereses de sus usuarios y conminó a las partes a cesar toda posibilidad de alterar las condiciones vigentes.

La Cámara de Teleradiodifusores de Paraguay, recientemente, generó una posición en la que reclamó a los operadores de TV paga el pago de un canon, que sería de US$ 3 por abonado, para la retransmisión de las señales de los miembros que la integran en sus grillas de programación.

Entre las consideraciones que declara la Conatel, se cuentan las distintas normativas que rigen en el tema, como la obligatoriedad para los sistemas de TV por suscripción de retransmitir las señales de TV abierta, por considerar de interés general.


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04-Jun-2015