Extienden hasta marzo la prohibición de corte por falta de pago se servicios
Argentina

El Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación informó que extendió hasta marzo de 2021 la medida que prohíbe a las empresas que brindan servicios a suspender el suministro por falta de pago: "los servicios de… telefonía fija y móvil e internet y televisión por cable no podrán ser suspendidos por falta de pago (hasta 6 facturas consecutivas o alternas) durante el lapso prorrogado de 180 días corridos (hasta el 20 de marzo de 2021".

"Esta medida incluye tanto a las MiPyMES descriptas en la Resolución 173/2020, Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INAES y a las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria; como a los usuarios residenciales detallados en la Decreto 311/2020, entre los que se incluyen monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil" se detalló en la resolución.

La medida alcanza también a: "los usuarios particulares que registren una disminución del 50% en su capacidad de pago; los monotributistas categorías C y D que acrediten una disminución del 50% o más en su facturación mensual desde la entrada en vigencia del Decreto 297/2020; las asociaciones civiles constituidas como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales".

© iPuntoTV 2020

05.07.20 20:15


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