Las sanciones impuestas en los primeros siete meses de este año superan en 104% al registro del mismo período del año 2019.
En dicho periodo, Telefónica del Perú (Movistar) registra un acumulado de US$ 11.483.000 en multas impuestas, y tiene, a su vez, la multa más alta impuesta en la historia del OSIPTEL: US$ 8.731.800 (7 387 UIT) por incumplir los Compromisos de Mejora de los indicadores de Calidad de Cobertura del Servicio y Calidad de Voz asumidos entre el primer semestre de 2016 y no remitir los compromisos de mejora de dichos indicadores, correspondiente al primer semestre de 2017.
América Móvil (Claro) suma un total de US$ 1.977.270 (1 673.70 UIT) en multas por objetar indebidamente solicitudes de portabilidad numérica, por prestar servicios de telefonía móvil en equipos con IMEI reportados como robados y por no haber efectuado las devoluciones como consecuencia de las interrupciones presentadas en los servicios, dentro del plazo establecido, entre otras.
Las sanciones a la operadora Entel Perú llegan a US$ 1.626.950 (1378.05 UIT) por no haber requerido el DNI previo a la contratación y activación de líneas móviles y haber objetado indebidamente solicitudes de portabilidad.
En tanto, Viettel (Bitel) acumula US$ 524.830 (444 UIT) en multas por incumplir el valor objetivo del indicador de Calidad de la Tasa de Intentos No Establecidos (TINE) y por no comunicar oportunamente las interrupciones de los servicios por mantenimiento o caso fortuito, por mencionar algunas.
LAS INFRACCIONES
De acuerdo con la información del regulador, el 48.94% de los expedientes corresponden a multas por incumplimientos en los compromisos de mejoras de servicio de las empresas operadoras, un 12.77% por no proporcionar información en el plazo establecido o por entregar información inexacta al OSIPTEL, y un 7.45% por no realizar la contratación, validación o activación de un servicio sin emplear el sistema biométrico o los mecanismos de contratación aprobados por el OSIPTEL.
Cabe remarcar que los recursos obtenidos por las multas impuestas a las empresas operadoras no ingresan al OSIPTEL, sino al fondo del Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel), institución que promueve el acceso y uso de los servicios públicos de telecomunicaciones esenciales para los pobladores rurales y que depende del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
De otro lado, si bien las empresas recurren, en algunos casos, al Poder Judicial para apelar las multas interpuestas, entre enero y julio de 2020 han concluido cinco procesos judiciales derivados de sanciones de multa, siendo los mismos 100% a favor de OSIPTEL. Asimismo, en 2019 se concluyeron 20 procesos judiciales interpuestos por las empresas operadoras todos a favor del ente regulador.
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05.10.20 17:59