Colombia: Mintic asignó los permisos para uso de bloques de espectro

 

 

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) expidió nueve (9) resoluciones que asignan los permisos de uso de los bloques de espectro a los siguientes operadores:

o Claro: 1 bloque en la banda de 700 MHz y 3 bloques en la banda de 2500 MHz

o Tigo: 2 bloques en la banda de 700 MHz

o Partners: 1 bloque en la banda de 700 MHz y 2 bloques en la banda de 2500 MHz

Estas nueve asignaciones de permisos significan la cobertura de telefonía e Internet móvil 4G en 3.658 localidades de zonas rurales en los 32 departamentos del país, que equivalen a compromisos de inversión por 2,24 billones de pesos en los próximos 5 años.

 Claro: 1.348 localidades a desplegar entre el 2020 y el 2025

 Tigo: 1.636 localidades a desplegar entre el 2021 y el 2025

 Partners: 674 localidades a desplegar entre el 2020 y 2021

Además, al Fondo Único de las TIC ingresará un recaudo por valor de US$ 94,2 millones, pagaderos anualmente por 17 años, lo que garantizan un flujo de recursos importante en el largo plazo.

Estas decisiones las adoptó el Ministerio a través de las resoluciones 325, 326, 327, 328, 329, 330, 331, 332 y 333, del 20 de febrero de 2020.

Caso Partners
  El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) informó que, una vez analizado el caso del participante Partners, el cual manifestó su voluntad de renunciar al bloque de 10 MHz en la banda de 2500 MHz obtenido en la subasta del espectro del 20 de diciembre de 2019, no ha encontrado razón alguna para no aplicar las consecuencias establecidas en el literal b del Artículo 10 de la Resolución 3078 de 2019.

En este sentido, el Ministerio expidió la Resolución 322 del 20 de febrero de 2020, la cual establece lo siguiente:

- No asignar el bloque de 10 MHz en la banda de 2500 MHz a Partners.

- Declarar el incumplimiento de la seriedad de la oferta al constatar el retiro de la misma después de vencido el plazo para presentarlas durante el día de la subasta.

- Requerir a Partners el pago de US$ 12,33 millones por no cumplir con la oferta, tal y como está reglamentado en la Resolución 3078 de 2019, y en caso no de pago cobrar a primer requerimiento la garantía bancaria que se encuentra ya depositada en el Ministerio.

Es importante aclarar que el retiro de una oferta válida es un acto unilateral que obedece a la liberalidad del participante, y sobre el cual el Ministerio no está facultado legalmente para aceptar o rechazar, sino para aplicar las consecuencias que de ello se derive, tal y como se ha procedido en esta ocasión.

23.02.2020

 


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