México
November 20, 2018 19:36
Ifetel aprobó marco de interconexión de AEP

El Instituto Federal de Telecomunicaciones modificó y aprobó las condiciones de los Convenios Marco de Interconexión (CMI) presentados por Telmex, Telnor y Telcel en su calidad de integrantes del Agente Económico Preponderante (AEP) en telecomunicaciones, los cuales serán aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019.

Las resoluciones con los Convenios finales, notificadas el 13 de noviembre del año en curso al AEP, establecen condiciones equitativas y constituyen un elemento clave en el desarrollo de la competencia efectiva del sector de las telecomunicaciones.

En su carácter de integrantes del AEP en el sector de telecomunicaciones, Telmex, Telnor y Telcel están obligados a ofrecer los diversos servicios de Interconexión sobre bases no discriminatorias, bajo una oferta regulada por el Instituto y con la suficiente información para los solicitantes.

La utilización de un CMI presentado por el AEP, y revisado por el Instituto, otorga certeza en la provisión de los servicios mayoristas, ya que el concesionario solicitante tiene conocimiento de los términos y condiciones que puede aceptar, acortando los tiempos para la prestación de los servicios de interconexión.

Los CMI deben ser aprobados por el Instituto, a fin de determinar que dicho Convenio cumpla con lo establecido en las medidas impuestas al AEP.

La intervención del Instituto tiene como propósito que los servicios de interconexión se presten de manera justa y equitativa, evitando generar barreras a la competencia en la prestación de los mismos, por lo que el órgano regulador puede realizar modificaciones al CMI para asegurar que los términos y condiciones que se establezcan permitan mejorar la competencia en el mercado y conseguir mejores condiciones de calidad y precio para los consumidores.

El Convenio Marco de Interconexión deberá publicarse en la página de internet del Instituto (http://www.ift.org.mx/politica-regulatoria/convenios-marco-de-interconexion) y del AEP en los primeros quince días del mes de diciembre, conforme a lo establecido en las medidas de preponderancia; y entrará en vigor a partir del 1 de enero del siguiente año.


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